Si has sufrido un accidente de tráfico y este te ha causado lesiones que requieren de rehabilitación puede que te estés preguntando si puedes elegir el centro sanitario de tu preferencia para recibir dicho tratamiento.
Pues la respuesta es afirmativa. Las personas lesionadas en un accidente de tráfico tienen libertad para elegir el centro sanitario. ¡Presta mucha atención, porque en el blog de hoy te contamos todos los detalles de este derecho tan importante de los lesionados!
Los derechos del lesionado en un accidente de tráfico
Las personas víctimas de un accidente de tráfico, ya sean implicados directos (con o sin lesiones) o indirectos, como familiares o allegados, tienen una serie de derechos reconocidos en la ley. Por ejemplo, en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre o Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (en adelante, LRCSCVM)
Centrándonos en la figura del lesionado que tiene que recibir rehabilitación tras un accidente de tráfico, la carta de derechos es amplia, y estos se han ido delimitando a lo largo del tiempo mediante la jurisprudencia de los tribunales.
Por ejemplo, tienen derecho a percibir prestaciones sociales, derecho a asistencia jurídica, derecho a ser indemnizado, a recibir tratamiento rehabilitador, etc. En este blog nos centraremos en el derecho a la libre elección del centro asistencial por parte del lesionado.
El derecho a elegir centro asistencial o sanitario ante un accidente de tráfico
Este derecho, aunque reconocido desde ya hace tiempo por la jurisprudencia, muchas personas lo desconocen. Normalmente, ante un accidente de tráfico, el lesionado acude a su compañía aseguradora y esta se encarga de realizar la gestión, derivando a la persona a cualquier centro sanitario. Por lo general, el primero donde hay cita disponible o aquellos con los que la aseguradora ya tiene los servicios concertados.
En cualquier caso, el lesionado no suele ser informado de este derecho, por lo que no siempre lo termina ejerciendo. Lo cierto es que el derecho es amplio y de suma relevancia, pues el lesionado puede elegir el centro asistencial que desee independientemente de si la aseguradora le proporciona una ‘’lista cerrada’’ con opciones de centros, o si manifiesta mantener acuerdos con determinados centros, o, incluso, de tratarse de un centro no adherido al Convenio marco de asistencia sanitaria del sector privado, cuya aplicación se ha prorrogado hasta 2026.
Así se desprende del art. 2:5:1-2 de la Guía de buenas prácticas para la aplicación del baremo de autos aprobada por la Comisión, de acuerdo con la citada LRCSCVM: ‘’la buena práctica requiere que las entidades garanticen la libre elección de centro por parte del lesionado y le reembolsen las cantidades que haya pagado…’’
Por lo tanto, sí, las personas lesionadas en un accidente de tráfico tienen libertad para elegir el centro sanitario de su preferencia.
Pero, ¿existen excepciones a este derecho?
Como bien decimos en Exígelo Abogados, cada caso es diferente y habrá que atender a las circunstancias propias del mismo, pero lo cierto es que este derecho de libre designación es bastante amplio en su aplicación, si bien sí existen dos límites, recogidos en el propio apartado 2:5:1-2 antes mencionado:
– ‘’…siempre que no exista convenio sanitario entre la entidad aseguradora y el centro sanitario que le ha atendido
– y que las cantidades pagadas estén debidamente justificadas y sean médicamente razonables en atención a la lesión sufrida y a sus circunstancias.’’
¿Y quién paga el tratamiento rehabilitador del lesionado por accidente de tráfico?
Aunque la respuesta a esta pregunta daría para otra entrada de blog completa, la regla general del art. 141 LRCSCVM es que los gastos médicos originados por un accidente de tráfico los paga la aseguradora de la persona que lo ha provocado.
Pero, como de costumbre, existen excepciones a esta regla, y en caso de concurrencia de culpa o culpa exclusiva del lesionado, podrá reducirse el pago o excluirse de acuerdo con lo dispuesto en el art. 1.2 LRCSCVM y el apartado 2:5:1-2 de la Guía, respectivamente.
Recuerda que como lesionado en un accidente de tráfico tienes derecho a la asistencia y acompañamiento legal durante todo el proceso.
En Exígelo Abogados, tenemos un equipo de profesionales con amplia experiencia en casos de accidentes de tráfico que te ayudarán a conseguirla indemnización que te corresponde y hacer valer todos tus derechos. Contacta con nosotros.
José Manuel Cuerva, abogado con más de 15 años de experiencia, es experto en reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico, accidentes laborales, negligencias médicas y derecho bancario. Además de tener un dominio fluido tanto del inglés como del español, se destaca por su habilidad para comunicarse en chino, lo cual le permite brindar un servicio especializado a clientes de diversas nacionalidades.