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Casos particulares de accidente de trabajo (I)

Para que un accidente de trabajo sea considerado como tal se deben cumplir determinados requisitos. Sin embargo, hay casos con circunstancias muy particulares donde no siempre está claro, y en el blog de hoy veremos algunos ejemplos.

¿Cuándo estamos ante un accidente de trabajo?

En nuestro blog ya hemos explicado en varias ocasiones la definición de accidente de trabajo, siendo este, y dentro del marco del art. 156 de la Ley General de la Seguridad Social, aquella lesión que sufre el trabajador por consecuencia de la realización de su trabajo, ya sea física y/o psicológica.

Por lo tanto, para que exista accidente de trabajo son necesarias dos condiciones:

    1. Una lesión corporal, entendida como daño por enfermedad, herida o golpe en la persona trabajadora. Este punto incluye las enfermedades psicológicas y sus secuelas.

    2. Una relación causa-efecto entre el trabajo y dicha lesión, es decir, que el daño al trabajador sea producido a causa del trabajo, y no por otro motivo. Este es el nexo causal.

Normalmente, y como veremos a continuación, el segundo requisito es el que presenta más dificultades de demostrarse, pues muchas veces los jueces no consideran que exista nexo causal.

 
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Caída en la ducha de un hotel

El caso: una trabajadora viaja a Valladolid por motivos laborales para participar en un seminario y ya cuando se encuentra en el hotel, se cae en la ducha, lo que le provoca una baja médica. En un primer momento, el juzgado le dio la razón a la trabajadora, pero luego la empresa recurrió ante el Tribunal Supremo.

Este tipo de accidentes son conocidos como ‘’en misión’’, es decir, aquellos que se producen cuando la persona trabajadora se ha desplazado a una actividad encomendada por la empresa, en este caso un seminario. Pero, ¿se considera esto un accidente laboral?

No. Según el Tribunal Supremo, se trata de una lesión sufrida durante la realización de actividades de cuidado personal y privado, fuera del horario laboral y sin ninguna relación con el trabajo, incluso estando fuera del lugar habitual debido a razones laborales.

Accidente in itinere: desvío de la ruta habitual

El caso: una enfermera, durante las vacaciones escolares de su hijo, en la ruta que iba desde su casa al ambulatorio donde trabaja, se desvió para dejar al menor al cuidado de sus abuelos. Cuando retoma el camino, ya dirigiéndose al centro de salud, entonces sufre un accidente y la consecuente baja por cervicalgia.

Antes de nada, ¿qué es un accidente in itinere? Es aquel que sucede cuando el trabajador se desplaza desde su hogar hacia su lugar de trabajo, o viceversa. Por lo general, no existe accidente in itinere cuando hay un desvío de la ruta habitual, es decir, es un requisito que el trabajador siga la ruta que normalmente hace para ir de su residencia al trabajo y viceversa.

Entonces, ¿estamos ante un accidente de trabajo en este caso? Sí. Esta desviación en el trayecto habitual no puede considerarse ajena al trabajo porque era necesario conciliar su vida familiar para poder acudir y desempeñar su trabajo, lo que exigía asegurar los medios de cuidado para su hijo, especialmente en un caso como este donde el accidente ocurrió en un día no lectivo. Además, el tiempo invertido no fue lo suficientemente extenso como para romper el nexo causal necesario.

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Opinión de José Manuel Cuerva, abogado titular de Exígelo Abogados

Cada caso es un mundo y eso lo vemos a diario en el despacho. A veces nos llegan clientes que aseguran haber sufrido un accidente laboral, y muchas veces lo vemos claro, pero otras no, normalmente por la falta de pruebas. Las pruebas lo son todo en Derecho. Las pruebas y un buen profesional que defienda los intereses del cliente. Los accidentes de trabajo pueden ser muy complicados, y muchas veces hasta los jueces tienen dudas, como ocurre en los casos que hemos expuesto, por eso es sumamente importante contar con una defensa con experiencia y un conocimiento experto en la materia de accidentes.

En Exígelo Abogados estudiamos cada caso sin compromiso y siempre somos muy sinceros con el cliente: cuando el caso es viable, vamos a por todas, a conseguir la mayor indemnización y el mejor resultado. Cuando no lo es, con total honestidad le decimos al cliente que lo lucharemos hasta el final, pero que hay pocas posibilidades de ganar. Lo cierto es que tenemos una muy buena tasa de juicios ganados y clientes satisfechos. 

 

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