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Grandes lesionados: traumatismo craneoencefálico a causa de un accidente de tráfico

Cuando hablamos de traumatismo craneoencefálico causado a raíz de un accidente de tráfico entramos en la categoría de los grandes lesionados, que abordaremos en el blog de hoy.

Definición de grandes lesionados

Según el artículo 52 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (en adelante, LRCSCVM):

‘’A efectos de esta Ley se entiende por gran lesionado quien no puede llevar a cabo las actividades esenciales de la vida ordinaria o la mayor parte de ellas’’.

Esta definición nos señala que un individuo gravemente lesionado no puede llevar a cabo las actividades esenciales de la vida cotidiana. Sin embargo, ¿a qué nos referimos con actividades esenciales? El artículo 51 de la mencionada ley aclara esto, y al combinarlo con el artículo 50, podemos deducir lo siguiente:

Un gran lesionado es una persona que, a causa de un accidente de tráfico, experimenta una merma en su autonomía personal. Esto conlleva una disminución física, intelectual, sensorial u orgánica que impide o restringe las actividades esenciales de la vida diaria, como comer, beber, asearse, vestirse, sentarse, levantarse y acostarse, realizar tareas domésticas, manejar dispositivos o tomar decisiones, entre otras.

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El traumatismo craneoencefálico

El traumatismo craneoencefálico constituye una lesión grave que puede resultar en daño cerebral (DCA), dando lugar a una disminución o disfunción del nivel de conciencia, así como a alteraciones en las habilidades cognitivas, físicas y emocionales del individuo afectado.

Los accidentes de tráfico causan el 70% de los traumatismos craneoencefálicos graves en España y el 40% de los afectados graves acaba falleciendo.

Las personas que experimenten un traumatismo craneoencefálico causado por un accidente de tráfico serán indemnizadas en función del tiempo de curación del daño sufrido hasta alcanzar el alta médica. 

Después de estabilizarse las lesiones sufridas, la persona afectada puede experimentar secuelas derivadas del traumatismo craneoencefálico, como deficiencias físicas, cognitivas, sensoriales y problemas estéticos. Estas también son indemnizables.

¿Cuál es la indemnización en caso de traumatismo craneoencefálico?

Si hablamos de la lesión temporal, el baremo indica:

    – Días en UCI (muy grave).- 123,55 euros al día.

    – Días de hospitalización (grave).- 92,66 euros al día.

    – Días impeditivos (moderados).- 64,25 euros al día.

    – Días no impeditivos (básicos) .- 37,06 euros al día.

Si hablamos de secuelas, al tratarse de un traumatismo craneoencefálico, son muy variadas, y sobre todo especialmente graves, hasta el punto de poder causarle una hemiplejia o paresias al lesionado.

Así, podemos encontrar secuelas motoras y sensitivomotoras de origen periférico, trastornos cognitivos y daño neuropsicológico, trastornos del lenguaje y la comunicación, neuróticos o funcionales, daños morales de diversos tipos o la rehabilitación domiciliaria y ambulatoria, así como la adecuación de la vivienda o el lucro cesante de los ingresos provenientes de su trabajo.

En conclusión, cuando hablamos de grandes lesionados la indemnización asciende a cifras muy altas, pues se tienen en cuenta muchos aspectos para calcular la indemnización: ¡Si necesitas asesoramiento legal cuenta con nosotros!

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