SENTENCIA
En San Cristóbal de La Laguna, a 3 de mayo de 2021.
Vistos por don GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZ, MAGISTRADO JUEZ del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de San Cristóbal de La Laguna los presentes autos nº 43/2021 seguido entre partes, de una como demandante █████████████, dirigido por el Abogado █████████████ y representado por la Procuradora █████████████ y de otra como demandada BANKINTER CONSUMER FINANCE, dirigido por la Abogada █████████████ y representado por el Procurador █████████████ sobre nulidad por usura.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por don █████████████ , se interpuso demanda de juicio ordinario frente a BANKINTER CONSUMER FINANCE. Concretamente suplicaba:
«…se dicte sentencia por la que:
A) 1. Se declare la nulidad del contrato de la tarjeta de crédito Visa █████████████ objeto de este pleito, en atención a su carácter usuario, en virtud de lo previsto en la Ley de 23 de julio de 1908.
- CONDENE a la entidad BANKINTER CONSUMER FINANCE, E.F.C., S.A., como consecuencia legal inherente a la declaración de nulidad, a descontar del capital dispuesto, el importe pagado por la prestataria, procediendo a restituir a mi mandante, en su caso, la cantidad que exceda del total del capital prestado, más los intereses legales de dicha cantidad, teniendo en cuenta todas las cantidades ya abonadas por todos los conceptos por mi mandante, según se determine en ejecución de sentencia.
B) 3. Subsidiariamente a la anterior se declare la nulidad de las siguientes cláusulas por falta de transparencia y abusividad: intereses de pago aplazado y para disposiciones de efectivo (Condiciones particulares) comisión por disposición de efectivo a crédito, comisión de excedido y comisión de reclamación (Anexo de las Condiciones Generales del contrato).
4. Se CONDENE a la entidad demandada a restituir todas las cantidades abonadas en aplicación de las meritadas cláusulas, como consecuencia de su declaración de nulidad, más los intereses legales de dicha cantidad, según se determine en ejecución de sentencia.
Todo ello, con expresa imposición de las costas generadas a la parte demandada, incluso en el caso de allanamiento total o parcial a las pretensiones formuladas por la parte actora debido a la mala fe con la que han actuado.»
SEGUNDO.- Admitida la demanda fue emplazado el demandado quien por medio de su representación procesal contestó a la demanda. Suplicaba en el misma:
«…previos los trámites legales oportunos, se sirva desestimar la misma con imposición de costas a la parte actora.»
TERCERO.- Se celebró la audiencia previa el 19 de abril de 2021.
Las partes propusieron como prueba la documental que ya constaba unida a los autos, por lo que admitida, quedó visto para sentencia tal y como dispone el art. 429.8 de la Ley 1/2000.
FALLO
ESTIMAR LA DEMANDA interpuesta por █████████████ , frente a BANKINTER CONSUMER FINANCE.
DECLARAR LA NULIDAD por USURA del contrato de tarjeta de crédito firmado por las partes el 14 de marzo de 2018.
CONDENAR a las partes a la restitución de prestaciones, debiendo restituirse por el deudor las cantidades de las que dispuso como capital, y ordenar que sea restituido lo indebidamente cobrado por el acreedor, es decir:
IMPONER las costas a BANKINTER CONSUMER FINANCE.
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