Nadie te devuelve el susto, pero sí puedes conseguir tu indemnización por latigazo cervical en accidente de tráfico sin dolores de cabeza extra. Spoiler útil: si en menos de 72 h vas a un centro médico y documentas bien el accidente, ya tienes medio camino hecho para que el seguro no discuta tu latigazo. Más abajo te dejo el check-list rápido para no olvidar nada. Te guiamos paso a paso: qué hacer hoy, cómo justificar rehabilitación y baja, cómo valorar secuelas y cómo negociar. Empieza con la calculadora y, si lo ves claro, en Exígelo Abogados nos encargamos del resto.
Son incontables los casos en los que las compañías de seguros, en los casos en los que los daños materiales son mínimos, alegan que los daños por lesiones no existen o son mínimos. Para corroborar esto pueden presentar informes de supuestos expertos que dan multitud de explicaciones todo con el objetivo de no pagar la indemnización que le corresponde.
Qué es el latigazo cervical (la lesión más discutida por las aseguradoras)
El latigazo o esguince cervical es la lesión “estrella” en alcances y frenazos: un movimiento brusco de hiperextensión/hiperflexión del cuello que puede dejar dolor, rigidez y, a veces, secuelas. La ley lo trata como traumatismo cervical menor y, para indemnizarlo, exige probar bien el nexo entre el golpe y tus síntomas. Por eso las aseguradoras suelen agarrarse a la “baja intensidad” del impacto: no elimina tu derecho, pero sí te obliga a acreditar mejor la relación accidente-lesión.
De ahí que, cuando la aseguradora objeta la indemnización por latigazo cervical basándose en la intensidad del impacto, contar con un informe médico pericial independiente que analice la biomecánica y la coherencia de la lesión resulta clave. Y aún más importante: disponer de abogados expertos que sepan cómo utilizar ese informe dentro de una estrategia legal sólida es lo que marca la diferencia a la hora de rebatir las objeciones y asegurar que tu reclamación tenga las máximas garantías de éxito.
Pasos inmediatos tras el accidente: salud, parte y pruebas que no debes perder
- Seguridad y 112 si hace falta.
- Parte amistoso o atestado (si no hay acuerdo/testigos).
- Fotos de daños y posición de los vehículos: ayudan con el criterio de intensidad.
- Urgencias en <72 h aunque “solo” tengas molestias: deja rastro clínico desde el primer momento.
- Guarda todo: informes, rehabilitación, justificantes, desplazamientos, etc.
Reclamación previa
El primer paso que ha de tomar es realizar una reclamación previa de la lesión cervical o lesiones sufridas a la aseguradora. Esta reclamación previa ha de hacerse por escrito y tendrá que describir el accidente de tráfico como tal dando todos los datos y detalles posibles. Se tendrá que adjuntar también toda la documentación que se tenga en ese momento, es decir: Informes de urgencias, facturas médicas, valoraciones de médicos, etc.
Si se ha llegado a una declaración amistosa del accidente o atestado de la policía también podremos facilitarlo.
Diagnóstico y criterios de causalidad: cómo cumplir el <72 h y el “nexo”
Para que te indemnicen un latigazo, el Baremo exige 4 criterios:
- Exclusión: que otra patología previa no explique por completo tus síntomas.
- Cronológico: aparición de síntomas y/o asistencia médica dentro de las 72 h.
- Topográfico: que lo lesionado sea coherente con el mecanismo (cuello).
- Intensidad: impacto suficiente (se prueba con daños del coche, relatos, informe pericial).
Si falla uno solo, la aseguradora puede recortar o negar. Por eso es clave el informe médico y, cuando hay discusión, un informe pericial que conecte biomecánica y clínica.
Cómo se calcula la indemnización: días, perjuicios y secuelas
La primera pregunta que hay que hacerse es: ¿Qué cantidad de dinero han de indemnizarme?
Si ha sufrido una lesión cervical por un accidente de tráfico y quiere reclamar a la parte contraria una indemnización lo mejor será ponerse en manos de abogados expertos en accidentes de tráfico. Estos expertos son los más indicados para tramitar su reclamación y es la garantía de que recibirá la indemnización que merece por su lesión.
La compensación suma dos bloques principales:
- Lesiones temporales (días de curación): todos tus días cuentan como perjuicio personal básico; además, hay perjuicio personal particular (moderado, grave, muy grave) cuando las limitaciones son mayores (p. ej., hospitalización o incapacidad para actividades esenciales).
- Secuelas: si al alta persisten limitaciones/dolor, se valoran con puntos (cuantos más puntos y menor edad, mayor cuantía).
A eso se añaden gastos acreditados (rehabilitación, farmacia, desplazamientos) y, si corresponde, lucro cesante. La situación laboral (con o sin baja) es determinante para la cuantía final del perjuicio temporal.
Ejemplo orientativo (sin cifras): 45 días de curación con 20 de limitación relevante + 15 sesiones de rehabilitación acreditadas + 3 puntos de secuela → suma de días (básicos y particulares) + gastos justificados + valoración por puntos. Si hay discrepancia, pericial médica.
Puedes calcular una cifra aproximada de tu indemnización por latigazo cervical a través de nuestra calculadora.
Con baja laboral vs. sin baja: qué cambia en la cuantía y en la estrategia
- Con baja laboral: más días “particulares” por pérdida temporal de autonomía; conviene documentar bien el motivo de incapacidad, tareas del puesto y evolución clínica.
- Sin baja laboral: sigues teniendo derecho por tus días básicos y posibles secuelas; la clave es la constancia del tratamiento y la trazabilidad de los síntomas. En ambos casos, no interrumpas la rehabilitación y guarda justificantes.
Rehabilitación y alta médica: quién paga y cómo acreditarlo
Sigue el plan de tu médico, asiste a todas las sesiones y conserva los informes de cada visita. Si cambias de centro, pide copia completa de historia clínica. Al alta, solicita informe detallado (evolución, tratamientos, limitaciones residuales), porque cerrará el capítulo de días y abrirá, si procede, el de secuelas.
La oferta motivada: negociar con respaldo médico-legal
Tras reclamar tu indemnización por latigazo cervical en accidente de tráfico, la aseguradora realiza una oferta motivada basada en su valoración médica. Si la propuesta no encaja con tu realidad clínica, toca rebatirla:
- Aporta pericial médica privada que describa lesiones temporales y secuelas con metodología y tablas del baremo.
- Refuerza intensidad con fotos y datos del vehículo si discuten la biomecánica.
- Si no hay acuerdo, se judicializa. Aquí un despacho especializado marca la diferencia en prueba, plazos y costes.
Casos típicos: alcance por detrás, frenazo, in itinere y colisión leve
- Alcance posterior: patrón clásico de latigazo; frecuente discusión de intensidad → cuida fotos y cronología clínica.
- Frenazo brusco / múltiples vehículos: relata bien la secuencia para evitar dudas de causalidad.
- In itinere (trayecto trabajo-casa): documenta el vínculo laboral del trayecto (horarios, parte de empresa) además de lo médico-asistencial.
- Golpe “leve”: no te resignes; baja intensidad ≠ cero indemnización si la pericial es sólida.
Respuesta de la aseguradora
Una vez la aseguradora reciba la reclamación previa dispondrá de un período de 3 meses para contestar ofreciendo una indemnización. Puede ocurrir que, durante este período de tiempo hasta que llegue una contesta, la compañía de seguros envíe a un perito médico para valorar a la víctima en relación a la lesión cervical o lesiones sufridas por el accidente de tráfico.
Si después de este tiempo la aseguradora no hace una oferta como tal porque considera que los daños sufridos son muy leves o inexistentes o porque consideramos que la indemnización ofrecida es inferior a lo que en Exígelo Abogados consideramos aceptable, recurriremos a reclamar la indemnización que nuestro cliente merece por los procedimientos civiles oportunos contra la aseguradora.
Errores que bajan tu indemnización (y cómo evitarlos)
- Esperar más de 72 h para ir a urgencias → ve cuanto antes y deja constancia.
- Firmar sin revisar una oferta motivada → compárala con tu evolución y, si duda, pide una segunda valoración.
- Interrumpir la rehabilitación → justifica cualquier ausencia.
- No guardar pruebas (fotos, tickets, informes) → sin rastro, no existe a efectos probatorios.
Calcula tu caso y próximos pasos con Exígelo Abogados
Tu siguiente paso práctico: usa la calculadora de indemnizaciones para obtener una estimación inicial y trae ese resultado a tu consulta con el abogado. Así alineamos expectativas, decidimos si conviene pericial y trazamos la estrategia (negociación o demanda). Es el flujo que mejor convierte dudas en decisiones informadas.
FAQs rápidas
¿Puedo reclamar sin baja laboral?
Sí. Reclamas por tus días de curación y, si quedan, secuelas. La clave es probar el nexo (72 h, topografía, intensidad) y seguir tratamiento.
¿Cómo demuestro el latigazo si el golpe fue leve?
Con documentación clínica precoz, fotos de daños y, si hay controversia, pericial médica que explique la coherencia del mecanismo y tus síntomas.
¿Qué papeles no pueden faltar en mi reclamación?
Parte/atestado, informes de urgencias y rehabilitación, justificantes de gastos y desplazamientos, fotos del vehículo y evolución clínica.
¿Cuándo necesito un abogado?
Cuando hay discusión de causalidad/intensidad, secuelas o una oferta motivada que no refleja tu caso. El despacho coordina la pericial y la estrategia.
Conclusión
La indemnización por latigazo cervical en accidente de tráfico se gana con método: urgencias en 72 h, papeles en orden, rehabilitación constante y, si hay conflicto, pericial sólida. Con eso, la negociación con la aseguradora pasa de “opiniones” a prueba. Si quieres, en Exígelo Abogados te ayudamos a calcular, acreditar y reclamar cada concepto para cerrar tu caso con la mejor base posible.
Contacta ahora para que podamos revisar tu caso y ofrecerte una solución para que recibas lo que, por Ley, te corresponde.

José Manuel Cuerva, abogado principal en Exígelo.com, con más de 15 años de experiencia en la reclamación de indemnizaciones. Su especialización abarca varios campos del derecho, incluyendo accidentes de tráfico, accidentes laborales, negligencias médicas y derecho bancario. A lo largo de su trayectoria, ha demostrado un compromiso sólido con sus clientes, enfocándose en asegurar que reciban la compensación justa por los perjuicios sufridos.
La firma Exígelo Abogados, donde ejerce, está altamente especializada en accidentes y negligencias, proveyendo un servicio legal que solo cobra honorarios si el cliente recibe su indemnización, lo que demuestra su compromiso con los resultados y la confianza en su habilidad para representar casos exitosamente.